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FAQ

PREGUNTAS FRECUENTES

Te ayudamos a resolver tus dudas

¿Quiénes somos?

Grupo System Formación es una empresa sevillana con más de 40 años de experiencia en el sector de la formación profesional y la consultoría. Nuestra sede se encuentra en pleno centro de Sevilla, en la Plaza del Duque de la Victoria, 1, Planta 3, Módulo 1, 41002 Sevilla.

Grupo System Formación ofrece una amplia gama de servicios formativos, incluyendo:

  • Cursos de Formación Profesional: Programas diseñados para capacitar a los estudiantes en áreas como informática, diseño gráfico, programación, administración y más.
  • Certificados de Profesionalidad: Formación oficial que permite a los estudiantes obtener certificaciones reconocidas en el mercado laboral.
  • Modalidades de Estudio Flexibles: Ofrecen opciones de aprendizaje presencial, a distancia y en línea, adaptándose a las necesidades de los estudiantes.
  • Campus Virtual: Una plataforma en línea que facilita el acceso a materiales de estudio, tutorías y recursos educativos.
  • Formación Bonificada para Empresas: Cursos diseñados para mejorar las habilidades de los empleados, con posibilidad de bonificación a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).
  • Especialización en Nuevas Tecnologías: Formación en herramientas y software como Microsoft Office, Adobe, AutoCAD, entre otros.
  • Servicio de Consultoría: Grupo System Formación cuenta con una serie de herramientas personalizables a cada empresa, de forma que puedan gestionar, en plataformas sencillas e intuitivas, la Protección de Datos, Prevención de Riesgos Laborales, Canal de Denuncias, Control Horario y Alérgenos.

Además, Grupo System Formación ofrece diferentes tarifas adaptadas a las necesidades de sus clientes: Estándar, Plus y Premium. La empresa invita a los profesionales de la formación a asociarse, ofreciendo ventajas exclusivas y manteniéndolos a la vanguardia en múltiples disciplinas con numerosas certificaciones oficiales.

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¿Qué hace Grupo System?

Grupo System Formación se especializa en la formación profesional y la consultoría, ofreciendo una amplia variedad de cursos y servicios tanto presenciales como online. Sus principales labores incluyen:

Formación Online y Presencial

  • Cursos en diversas áreas profesionales.
  • Teleformación a través de una plataforma personalizada con imagen corporativa del cliente.
  • Certificaciones oficiales en distintas disciplinas.

Certificaciones y Material Didáctico Personalizado

  • Certificados de aprovechamiento con el logo del cliente.
  • Libros y materiales didácticos personalizados con cubiertas adaptadas.

Asociación para Profesionales de la Formación

  • Creación de alianzas con profesionales del sector educativo.
  • Acceso a herramientas y recursos exclusivos.

Consultoría y Desarrollo Profesional

  • Servicios de coaching para potenciar habilidades profesionales.
  • Adaptación de cursos a las necesidades del mercado laboral.
¿Qué es Asociarse a Grupo System Formación?

Asociarse a Grupo System Formación implica formar parte de una red educativa y empresarial orientada al desarrollo profesional y la capacitación tecnológica Grupo System Formación es reconocido por su enfoque en la formación profesional y técnica, ofreciendo programas educativos que se adaptan a las demandas del mercado laboral. Su reputación se basa en la calidad de sus cursos, que abarcan áreas como informática, diseño gráfico, programación y gestión empresarial, entre otras.

Si estás pensando en asociarte, esto conlleva:

  • Acceso a formación especializada: Cursos adaptados a las necesidades del mercado laboral actual.
  • Certificaciones reconocidas: Obtención de títulos o diplomas que mejoran tus oportunidades profesionales.
  • Red de contactos: Conexión con otros estudiantes, profesionales y expertos en tu campo.
  • Soporte empresarial: En algunos casos, apoyo para emprendedores o pequeñas empresas.

La experiencia y los beneficios pueden variar según el tipo de asociación que elijas.

¿Puedo aprovecharme de los beneficios de Grupo System Formación sin asociarme?

Sí.

Las empresas interesadas pueden trabajar y beneficiarse de los servicios de Grupo System Formación sin necesidad de acogerse a una tarifa de asociado. En caso de decantarse por una tarifa por consumo, la empresa deberá hacerse cargo de un precio mayor por servicio solicitado a Grupo System Formación.

Nuestros especialistas analizan su situación y presupuestarán la tarifa que mejor se adapte a sus circunstancias sin compromiso.

Duración del contrato de Asociado a Grupo System y método de pago

Los contratos de Grupo System Formación como Asociado tienen una duración de 12 meses, prorrogable por anualidades. La finalización de este contrato podrá producirse de manera unilateral por cualquiera de las dos partes, siempre al término del periodo contratado y nunca durante la prestación de servicios por parte de Grupo System Formación.

La renovación del contrato se producirá de forma automática, salvo notificación contraria por parte del Asociado, siempre que se produzca con 30 días de antelación. No obstante, la renovación de este contrato se realiza siempre previo aviso del Departamento de Asociados de Grupo System Formación, que se comunicará con el interesado con el tiempo suficiente para acordar la renovación o cancelación del acuerdo de colaboración.

En cuanto al método de pago, Grupo System Formación ofrece dos métodos de pago, siendo posible fraccionar la cuota en 12 mensualidades o realizar un único pago a la firma del contrato, recibiendo un descuento directo para el Asociado que se decanta por esta última opción.

¿Qué es la Formación Programada Bonificada?

La Formación Bonificada es un sistema impulsado por la legislación española para fomentar la mejora de las competencias profesionales de los trabajadores. A través de este modelo, las empresas pueden acceder a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, en base a una aportación que realizan en los seguros sociales, para contribuir a la formación y al desarrollo profesional de sus empleados. Este sistema está regulado principalmente por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que regula el sistema de formación profesional para el empleo, y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla dicha ley.

El objetivo principal de la Formación Bonificada es aumentar la productividad y competitividad empresarial, al mismo tiempo que se mejora la empleabilidad y cualificación de los trabajadores. Este tipo de formación puede abarcar desde cursos técnicos relacionados directamente con la actividad de la empresa, hasta habilidades transversales como liderazgo, idiomas o herramientas tecnológicas, teniendo en cuenta siempre su relación con la actividad de la empresa.

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¿Qué empresas tienen derecho a formación bonificada?

Todas las empresas que cotizan por formación profesional en sus pagos a la Seguridad Social tienen derecho a acceder a esta formación bonificada, independientemente de su tamaño o sector. El crédito anual disponible para cada empresa varía en función de varios factores:

  • Tamaño de la empresa: Las pequeñas empresas (menos de 50 empleados) cuentan con un crédito mínimo garantizado, mientras que las grandes empresas (50 empleados o más) disponen de un porcentaje calculado sobre la base de lo cotizado el año anterior.
  • Cotizaciones realizadas: Cuanto mayores sean las aportaciones realizadas a la Seguridad Social en concepto de formación profesional, mayor será el crédito asignado.

Es importante mencionar que estas bonificaciones son gestionadas por FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), que es el organismo encargado de supervisar y garantizar la correcta ejecución de este modelo.

¿Qué trabajadores pueden beneficiarse?

El sistema de Formación Bonificada está diseñado para beneficiar a los empleados contratados bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Sin embargo, hay ciertas exclusiones y requisitos específicos:

  • Los autónomos y los desempleados no pueden participar en la Formación Programada Bonificada.
  • Los contratos en modalidad de formación en alternancia están dirigidos a personas que carecen de una cualificación profesional reconocida, permitiendo compatibilizar una actividad laboral con formación reglada. Tampoco pueden acceder a la Formación Programada Bonificada.

Además, los trabajadores deben estar incluidos en la plantilla de la empresa durante el periodo en el que se imparte la formación.

¿Cómo se calcula el crédito disponible?

El crédito disponible depende directamente de las cotizaciones efectuadas por la empresa en el año anterior. Existen fórmulas específicas proporcionadas por FUNDAE para calcular este crédito, además de un simulador online gratuito accesible en el siguiente enlace: Simulador de FUNDAE.

Por ejemplo:

  • Una empresa con menos de 10 empleados tiene un crédito mínimo garantizado de 420 euros al año.

Las empresas con mayor tamaño reciben un porcentaje sobre lo cotizado el año anterior que oscila entre el 50% y el 100%, dependiendo de su plantilla.

¿Qué requisitos debe cumplir la empresa?

Para garantizar el acceso a la Formación Bonificada, las empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Garantizar que la formación impartida sea relevante para la actividad laboral de los empleados.
  • Informar a los representantes legales de los trabajadores (en caso de que existan) sobre la planificación y ejecución de la formación.
  • Asegurarse de que la formación se registre y gestione correctamente a través de las plataformas oficiales de FUNDAE.
¿Qué ocurre si no se utiliza el crédito?

El crédito asignado a cada empresa tiene una validez anual y no es acumulable. Es decir, si la empresa no utiliza su crédito dentro del mismo ejercicio, este se pierde. Por esta razón, es fundamental planificar las acciones formativas de manera estratégica para optimizar los recursos disponibles.

En el caso de las empresas con menos de 50 trabajadores en España, sí existe la posibilidad de acumular los créditos de FUNDAE. Para ello, deberán solicitarlo ante el organismo correspondiente durante el primer semestre del año en el que se deberían haber utilizado los créditos.

Es decir, las empresas que cumplan con las condiciones deberán, durante los primeros 6 meses de 2025, solicitar la acumulación de sus créditos de este año para el 2026.

¿Qué tipos de formación pueden bonificarse?

La Formación Bonificada puede adoptar diversas modalidades, adaptándose a las necesidades específicas de cada empresa y trabajador. Las principales opciones incluyen:

  • Cursos presenciales: Formación impartida en un aula, ideal para actividades prácticas y de interacción directa.
  • Cursos online: Ofrecen flexibilidad de horarios y acceso remoto.
  • Cursos mixtos: Combinan sesiones presenciales con contenido online para aprovechar lo mejor de ambas modalidades.

Todos los cursos deben estar relacionados con la actividad de la empresa y cumplir los requisitos establecidos por FUNDAE. Además, deben ser impartidos por entidades acreditadas o inscritas en el SEPE mediante presentación del formulario de Declaración Responsable.

Grupo System Formación ha desarrollado una de las plataformas de teleformación que más horas imparte en España.

¿Cómo se gestionan las bonificaciones?

El proceso para gestionar la bonificación consta de los siguientes pasos:

  • Planificación: Identificar las necesidades formativas y diseñar un plan de formación acorde a los objetivos demandados por la empresa.
  • Gestión administrativa: Registrar la formación en la plataforma de FUNDAE y comunicarla a los representantes legales de los trabajadores.
  • Anticipación de costes: La empresa adelanta el coste de la formación en los seguros sociales del año anterior, que son los que se consumen y se desgravan en la bonificación.
  • Aplicación de la bonificación: Los créditos de la formación se descuentan posteriormente de las cotizaciones a la Seguridad Social en los seguros sociales del mes correspondiente.
¿Quién puede impartir la formación?

La formación puede ser impartida por entidades externas acreditadas y registradas en FUNDAE o inscritas en el SEPE. Grupo System Formación tiene la capacidad y la estructura para gestionar los créditos de su empresa, tanto la organización como la impartición.

Si forma a sus trabajadores con Grupo System Formación, no tendrá que preocuparse por el consumo de sus créditos de FUNDAE.

¿Qué ocurre si la formación no se realiza correctamente?

Si no se cumplen los requisitos legales y administrativos establecidos por FUNDAE y el SEPE, la empresa podría enfrentarse a las siguientes consecuencias:

  • Pérdida de la bonificación, lo que implica no poder descontar los costes de la formación en los seguros sociales.
  • Sanciones administrativas, que pueden incluir multas económicas y restricciones para acceder a futuras bonificaciones.

Es fundamental asegurarse de que todo el proceso se lleve a cabo con precisión y transparencia.

Contratos de Formación en Alternancia ¿qué es?

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de formación en alternancia tendrá por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Para el cumplimiento con el objetivo de cualificación profesional, la actividad laboral desempeñada en régimen de alternancia ha de complementar, coordinarse e integrarse con la actividad formativa en un programa común, en el marco de los acuerdos y convenios de cooperación suscritos por los centros universitarios o de formación profesional y las entidades formativas acreditadas o inscritas con las empresas y entidades colaboradoras.

A tal fin, el puesto de trabajo debe permitir la formación complementaria prevista y la actividad laboral desempeñada en la empresa deberá estar directamente relacionada con la actividad formativa que justifica la contratación laboral.

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¿Qué ventajas le ofrece a la empresa?

Los contratos para la formación en alternancia pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que se exijan por la normativa de aplicación, dará derecho, durante su vigencia, incluidas sus prórrogas, en los términos establecidos en el artículo 10, a una bonificación de 91 euros/mes. Asimismo, el citado contrato dará derecho a una bonificación de 28 euros/mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta. Este incentivo se aplicará del mismo modo en el supuesto de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prórroga, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 128 euros/mes durante tres años. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 147 euros/mes.

  • Contratación inmediata: La empresa puede contratar de forma automática a sus trabajadores, ya que ahora no se precisa autorización previa por parte del Servicio Público de Empleo.
  • Formación 100% bonificada (sin sesiones presenciales)
  • Formación teórica online a través de plataformas y con tutor especializado.
  • Bonificación adicional: La nueva formación permite que la empresa se beneficie de una bonificación adicional mensual, en concepto de tutorización, de entre 60 y 80 € (60 euros, empresa con más de 5 trabajadores – 80 euros, empresas hasta 4 trabajadores).
¿Qué ventajas ofrece para el trabajador?
  • Con Prestación por desempleo el trabajador percibirá prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

Cotización

Hay que destacar que en marzo de 2022 entró en vigor la nueva cotización para el contrato de formación, que, tras la Reforma Laboral, también cotiza por la contingencia de formación.

Recordamos que tras el Real Decreto Ley 28/2018, el contrato de formación estaba exento de cotizar por formación profesional. Pero esto ha cambiado tras la Reforma Laboral, a partir de marzo de 2022, fecha a partir de la cual sí cotizan por dicha contingencia.

IMPORTANTE: Normalmente, los seguros sociales están bonificados durante toda la vigencia del contrato (91 euros al mes).

El importe de estos solo tendrá que abonarse si el contrato no cumple los requisitos para beneficiarse de la bonificación.

Requisitos para que el contrato bonifique seguros sociales (Bonificaría siempre formación y tutor laboral).

  • El trabajador no puede proceder de un contrato indefinido en los últimos 3 meses, 12 meses si es en la misma empresa o grupo.
  • El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo.
  • La empresa debe estar al día y libre de deudas en Hacienda y Seguridad Social.
  • El trabajador no puede estar vinculado con la empresa o grupo en los últimos 6 meses.
  • No bonificará contrataciones al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como las que se produzcan con estos últimos.
  • La empresa que haya extinguido o extinga por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos incentivados quedarán excluidos por un periodo de doce meses de los incentivos a la contratación. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador?
  • Este contrato, se podrá celebrar con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.
  • Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional o universitaria con personas que posean otra titulación siempre que no haya tenido otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
  • El contrato podrá ser concertado con personas entre 16 y 30 años en el supuesto de que se suscriba en el marco de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, y programas públicos o privados de formación en alternancia de empleo-formación, que formen parte del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo.
  • El límite de treinta años no se aplicará en el supuesto de contratos de formación en alternancia en el marco de estudios universitarios, de formación profesional y certificados de profesionalidad de nivel 3.
  • Tampoco será de aplicación el límite máximo de edad cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad o con los colectivos en situación de exclusión social previstos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.
  • Estar registrado como demandante de empleo en el SEPE, como mínimo 1 día antes del alta (requisito, exclusivamente para poder bonificar los seguros sociales).
  • No se puede celebrar un contrato para la formación cuyo fin sea la cualificación de un puesto de trabajo que haya sido desempeñado por el trabajador en la misma empresa por un tiempo superior a 6 meses.
  • No haber agotado la duración máxima establecida para los contratos de formación (24 meses), en la misma empresa o en otra distinta.
¿Qué tipo de formación se puede vincular al nuevo contrato de formación en alternancia?
  • La actividad desempeñada por la persona trabajadora en la empresa deberá estar directamente relacionada con las actividades formativas que justifican la contratación laboral, coordinándose e integrándose en un programa de formación común, elaborado en el marco de los acuerdos y convenios de cooperación suscritos por las autoridades laborales o educativas de formación profesional o Universidades con empresas y entidades colaboradoras (Certificados y Catálogo de Especialidades).
  • Son parte sustancial de este contrato tanto la formación teórica dispensada por el centro o entidad de formación o la propia empresa, cuando así se establezca, como la correspondiente formación práctica dispensada por la empresa y el centro.
¿Qué duración puede tener el nuevo contrato de formación en alternancia?
  • La duración del contrato será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y podrá desarrollarse al amparo de un solo contrato de forma no continuada, a lo largo de diversos periodos anuales coincidentes con los estudios, de estar previsto en el plan o programa formativo. En caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima legal establecida y no se hubiera obtenido el título, certificado, acreditación o diploma asociado al contrato formativo, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, hasta la obtención de dicho título, certificado, acreditación o diploma sin superar nunca la duración máxima de dos años.
  • No podrá establecerse periodo de prueba en estos contratos.
  • Por otro lado, la duración será interrumpida en caso de situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, adopción o acogimiento, violencia de género; debiendo la empresa comunicar dichas incidencias al SEPE a fin de que tenga efecto la interrupción de la duración máxima.
¿Cómo se divide la jornada de trabajo?
  • La jornada de los contratos de formación en alternancia será la suma del tiempo de trabajo efectivo en la empresa y del tiempo de formación teórica. Sin perjuicio de que dicha suma pueda resultar inferior a la duración máxima de la jornada ordinaria, estos contratos se entenderán asimilados a contratos a tiempo completo. En todo caso, el tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 65 por ciento, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa, o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
  • Las personas contratadas con contrato de formación en alternancia no podrán realizar horas complementarias ni horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores (prevenir o reparar siniestros o daños extraordinarios). Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos, ni trabajo a turnos.
  • Excepcionalmente, podrán realizarse actividades laborales en los citados periodos cuando las actividades formativas para la adquisición de los aprendizajes previstos en el plan formativo no puedan desarrollarse en otros periodos, debido a la naturaleza de la actividad.
  • La duración máxima efectiva no podrá ser superior a 26 horas a la semana el primer año o 34 horas a la semana el segundo año.
  • Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, 12 horas de descanso.
  • El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución.
Salario
  • La retribución será la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación. En defecto de previsión convencional, la retribución no podrá ser inferior al sesenta por ciento el primer año ni al setenta y cinco por ciento el segundo, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Según convenio colectivo y nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pero solo en función al tiempo de trabajo efectivo.
Tutelaje vinculado al contrato
  • La persona trabajadora titular del contrato de formación en alternancia contará con la tutela de una persona designada por el centro o entidad de formación, y otra designada por la empresa, que deberá contar con la experiencia o formación adecuada.
  • La persona tutora de la empresa deberá tutelar el desarrollo de la actividad laboral, asegurando que se desarrolla de conformidad con lo previsto en el convenio de colaboración, y será responsable del seguimiento del itinerario formativo-laboral.
  • Sin perjuicio de lo anterior, si así se prevé en el propio plan, el tutor o tutora principal en la empresa podrá designar a otras personas trabajadoras de la empresa que, por sus competencias profesionales, participarán en el desarrollo del itinerario formativo-laboral.
  • La empresa deberá garantizar que la persona que sea designada como tutora cuenta con el tiempo y los medios necesarios para asegurar el cumplimiento del plan formativo individual, todo ello sin perjuicio de la fijación, en su caso, de una retribución específica que compense el desarrollo de dichas funciones.
  • La persona tutora designada por el centro o entidad de formación deberá garantizar, más allá de lo especificado en el convenio de colaboración, la coordinación efectiva con la persona tutora designada por la empresa.
Sobre los servicios de consultoría

Grupo System Formación tiene un catálogo de servicios para impulsar el desarrollo de empresas y particulares.

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Protección de Datos
  • Aspectos Legales: En España, la protección de datos personales está regulada por la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). A nivel europeo, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece directrices estrictas sobre cómo se deben manejar y proteger los datos personales.
  • Normativas: Las empresas deben implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de los datos personales y cumplir con los principios de transparencia, consentimiento y derechos de los titulares de los datos.
  • Soluciones de Grupo System Formación en LOPD: System Formación ayuda a las empresas a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales. Este servicio incluye:
    • Evaluación de la situación actual: Examen de las acciones implementadas hasta la fecha y del panorama general de su empresa.

    • Creación del Registro de Actividades de Tratamiento: Documento que detalla el manejo de los datos personales de su empresa, incluyendo tipo de datos, finalidad, origen y destinatarios.

    • Desarrollo del Manual de Protección de Datos: Guía práctica que establece la política de cumplimiento normativo en materia de protección de datos personales aplicable a todas las empresas.

    • Realización del Análisis de Riesgos: Identificación de amenazas y riesgos potenciales, junto con la definición de medidas estratégicas para mitigarlos.

    • Redacción de compromisos de confidencialidad para empleados y protocolo de desconexión digital.

    • Formalización de contratos de confidencialidad con los responsables del tratamiento de datos: Asesorías, empresas de videovigilancia, administradores de fincas, entre otros.

    • Elaboración de cláusulas informativas y de consentimiento.

    • Módulo LSSI-CE: Incluye política de privacidad, aviso legal, formularios web, regulación de cookies, términos y condiciones de compra y derecho de desistimiento.

Prevención de Riesgos Laborales
  • Aspectos Legales: La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece las obligaciones de las empresas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo. Esta ley se complementa con diversas normativas específicas para diferentes sectores y tipos de riesgos.
  • Normativas: Las empresas deben realizar evaluaciones de riesgos, implementar medidas preventivas y formativas, y garantizar la participación de los trabajadores en la gestión de la prevención.
  • Soluciones de Grupo System Formación en Prevención de Riesgos Laborales: En el ámbito de la PRL, Grupo System ofrece servicios para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, cumpliendo con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Los servicios incluyen:
    • Evaluación de riesgos: Identificación y análisis de los riesgos laborales en el entorno de trabajo.
    • Planes de prevención: Diseño e implementación de medidas preventivas adaptadas a las necesidades de la empresa.
    • Formación específica: Cursos para empleados sobre seguridad laboral, uso de equipos de protección individual (EPIs) y protocolos de emergencia.
    • Auditorías y seguimiento: Supervisión continua para garantizar el cumplimiento normativo.
Seguridad Alimentaria
  • Aspectos Legales: En España, la seguridad alimentaria en materia de alérgenos está regulada principalmente por el Reglamento (UE) nº 1169/2011, que establece las normas sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. Este reglamento obliga a las empresas a etiquetar claramente los alérgenos presentes en los alimentos, tanto en productos envasados como no envasados, estableciendo hasta 14 alérgenos obligatorios. Además, el Reglamento (CE) nº 852/2004 establece normas generales para garantizar la higiene de los productos alimenticios en todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta la distribución al consumidor. Su objetivo principal es proteger la salud pública y garantizar la seguridad alimentaria. Introduce principios como el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) para identificar y gestionar riesgos, y exige que los operadores del sector alimentario mantengan instalaciones limpias, controlen la temperatura y aseguren la trazabilidad de los alimentos. Este reglamento también fomenta la responsabilidad compartida entre los operadores y las autoridades competentes para garantizar el cumplimiento.
  • Por otro lado, el Real Decreto 1021/2022 regula los requisitos de higiene para la producción y comercialización de alimentos en establecimientos minoristas, como carnicerías, pescaderías y supermercados. Su objetivo es garantizar la seguridad alimentaria mediante normas específicas sobre conservación, congelación, exposición de productos y uso de ingredientes como el huevo. También establece condiciones para la elaboración de alimentos en viviendas destinadas a la venta y permite flexibilizar ciertos sistemas de autocontrol, siguiendo recomendaciones europeas. Además, simplifica la normativa nacional para facilitar su aplicación y armonización en todo el territorio español.
  • Normativas: Las empresas deben cumplir con los requisitos de trazabilidad, análisis de riesgos (implementación del sistema APPCC -Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control-) y control oficial establecidos por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
  • Soluciones de Grupo System Formación en control de alérgenos: Grupo System Formación apoya a las empresas del sector alimentario en el cumplimiento de la normativa sobre alérgenos, como el Reglamento (UE) 1169/2011. Sus servicios incluyen:
        • Identificación de alérgenos: Análisis de los productos y procesos para detectar posibles alérgenos.
        • Etiquetado y comunicación: Asesoramiento en el etiquetado de alimentos y en la información proporcionada a los consumidores.
        • Formación en seguridad alimentaria: Capacitación del personal en la gestión y prevención de riesgos relacionados con alérgenos.
        • Auditorías de cumplimiento: Revisión de los procedimientos para garantizar que se ajusten a la normativa vigente.
Control Horario
  • El proyecto de ley relacionado con el control horario en España, previsto para entrar en vigor en 2025, introduce cambios significativos en la gestión de la jornada laboral. Aquí tienes los puntos clave:
    • Fichaje digital obligatorio: Se eliminará el uso de registros en papel, y todas las empresas deberán implementar sistemas digitales para registrar la jornada laboral. Estos sistemas deben ser fiables, accesibles y garantizar la autenticidad de los datos.
    • Reducción de la jornada laboral: La duración máxima de la jornada ordinaria se reducirá a 37,5 horas semanales, promoviendo un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal.
    • Conservación de registros: Las empresas estarán obligadas a conservar los registros digitales de la jornada laboral durante un mínimo de cuatro años.
    • Acceso remoto para inspecciones: La Inspección de Trabajo podrá acceder a los registros de forma remota, facilitando las auditorías y supervisiones.
    • Sanciones: Se establecerá un nuevo régimen sancionador, con multas que oscilarán entre 1.000€ y 10.000 € por trabajador afectado, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Este proyecto de ley busca modernizar el control horario, garantizar los derechos de los trabajadores y fomentar la transparencia en las relaciones laborales.

  • Soluciones de Grupo System Formación en Control Horario y Canal de Denuncias: En cumplimiento con el Real Decreto-ley 8/2019, Grupo System Formación ofrece soluciones para la gestión del control horario de los empleados. Esto incluye:
    • Implementación de sistemas de registro: Instalación de herramientas tecnológicas para registrar las horas de entrada y salida.
    • Cumplimiento normativo: Asesoramiento para garantizar que los registros cumplan con los requisitos legales.
    • Formación y soporte: Capacitación del personal en el uso de los sistemas y soporte técnico continuo.
    • Análisis de datos: Generación de informes para optimizar la gestión del tiempo y la productividad.
Canal de Denuncias

Un canal de denuncias es una herramienta preventiva que permite gestionar y resolver de una manera sencilla, eficaz y segura las denuncias hechas por los miembros de una empresa o por personas vinculadas a ella (empleados, proveedores, clientes, etc…) sobre posibles conductas irregulares o ilícitas de las que tengan conocimientos y que sean contrarias a las normas de la empresa. Grupo System Formación ofrece servicios de consultoría para la implementación y gestión de este canal, asegurando el cumplimiento normativo y la protección de los denunciantes.

La normativa que aborda todo lo referente a canal de denuncias es la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que transpone la Directiva 2019/1937 de la Unión Europea.

El canal de denuncias tiene correlación con la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En ella se señala como infracción grave (artículo 52.1) el hecho de no tener un canal interno conforme a los requisitos previstos en la Ley.

Las empresas obligadas a implantar un canal de denuncias según la normativa vigente:

  • Empresas privadas con 50 o más trabajadores.
  • Empresas privadas de los sectores servicios, productos y mercados financieros y prevención del blanqueo de capitales.
  • Empresas privadas del sector de seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
  • Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y sus fundaciones, que reciban fondos públicos.
  • Entidades del sector público.

Ventajas de disponer de un canal de denuncias:

  • Fomento de la transparencia y de la cultura ética.
  • Detección temprana de problemas y prevenir conductas delictivas o ilícitas.
  • Mejora de la cultura del cumplimiento normativo.
  • Mayor confianza y satisfacción de los empleados.
  • Evitar las denuncias falsas y la llegada al proceso judicial.
  • Mejora la imagen y reputación de la empresa, mejorando el ambiente de trabajo.
¿Cómo preparar Oposiciones?

Las oposiciones en España son procesos selectivos mediante los cuales se accede a un puesto en la Administración Pública. Consisten en pruebas competitivas que evalúan los conocimientos, habilidades y competencias de los aspirantes para desempeñar un trabajo en instituciones estatales, regionales o locales. Estos puestos abarcan una amplia gama de sectores, desde educación y sanidad hasta justicia o cuerpos de seguridad como la Policía y la Guardia Civil.

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Pasos clave para preparar Oposiciones

Preparar oposiciones requiere planificación, disciplina y organización. Aquí tienes algunos pasos clave para ayudarte en el proceso:

  1. Investiga sobre la oposición: Infórmate bien sobre los requisitos, las pruebas y el temario específico de la oposición que deseas preparar. Asegúrate de conocer las fechas de inscripción y examen.
  2. Organiza tu tiempo: Crea un horario de estudio realista. Divide el temario en partes manejables y establece metas semanales. Recuerda incluir descansos para evitar el agotamiento.
  3. Material de estudio: Consigue el temario oficial, apuntes, libros recomendados y, si es posible, materiales complementarios como exámenes anteriores. Asegúrate de estudiar siempre fuentes fiables.
  4. Academias y cursos: Si sientes que necesitas ayuda extra, considera inscribirte en una academia de oposiciones o en cursos online especializados. Pueden ofrecerte orientación y simulacros de examen.

Técnicas de estudio: Utiliza métodos como resúmenes, esquemas, mapas mentales y tarjetas de memoria para memorizar conceptos clave. Practica ejercicios y exámenes tipo test para familiarizarte con el formato.

¿Cómo ayuda Grupo System Formación a las Academias de Oposiciones?

En Grupo System Formación trabajamos para ofrecer a las Academias de Oposiciones las mejores herramientas y recursos que garanticen una formación de calidad para sus alumnos. Gracias a nuestro acuerdo con una editorial líder en material de oposiciones, ponemos a disposición de las academias contenido actualizado y elaborado por expertos en preparación de oposiciones, como profesores especializados.

Proporcionamos libros con temarios cuidadosamente estructurados y exámenes tipo test online diseñados para reforzar el aprendizaje. Estos materiales destacan por su rigor y calidad, lo que asegura a las academias la confianza de contar con recursos efectivos y alineados con los estándares actuales del sector.

Además, en Grupo System Formación nos encargamos de facilitar la comercialización de este material, asegurándonos de que llegue a las academias de manera ágil y accesible, para que puedan centrar sus esfuerzos en lo más importante: formar a futuros opositores con las mayores garantías de éxito.

Con nuestro compromiso hacia la excelencia y la innovación, ayudamos a las academias a diferenciarse en el mercado, ofreciendo a sus alumnos recursos fiables, adaptados a sus necesidades, y respaldados por profesionales. En Grupo System Formación, creemos que una buena formación es clave para triunfar en las oposiciones.

¿Cómo preparar mis Oposiciones sin Academia?

En Grupo System Formación entendemos que no todos los opositores optan por prepararse a través de una academia, y por eso ofrecemos soluciones especialmente diseñadas para quienes prefieren estudiar por su cuenta. Gracias a nuestra colaboración con una editorial líder en material de oposiciones, ponemos a disposición de los estudiantes materiales de alta calidad y actualizados que les ayudarán a alcanzar sus metas.

Nuestros recursos incluyen temarios completos, estructurados de manera clara y adaptados al contenido oficial de cada oposición, así como exámenes tipo test online que te permiten poner a prueba tus conocimientos y avanzar en tu preparación de manera eficaz. Al contar con materiales elaborados por expertos en el ámbito de la formación, podrás estudiar con la confianza de disponer de herramientas fiables y alineadas con las exigencias del proceso selectivo.

Además, en Grupo System Formación priorizamos la accesibilidad, ofreciendo estos materiales directamente a los estudiantes a través de nuestra plataforma online. Esto te permite adquirir todo lo que necesitas para prepararte desde casa, a tu ritmo, y con total independencia.

Si buscas material de calidad, adaptado a tus necesidades, para preparar tus oposiciones sin necesidad de academia, ¡Grupo System Formación está aquí para acompañarte en tu camino hacia el éxito!

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